19 de junio de 2026
Suscribirse


19 de junio de 2026
Suscribirse
OPINIÓN

Brasil, Ecuador, Kenia, Panamá y Sudáfrica: los nuevos candidatos a la lista de países con protección adecuada de datos personales

19 de junio de 2026

Sofía Navas Vera

Law Clerk de Propiedad Intelectual y Tecnología en Dentons Cardenas & Cardenas
Canal de noticias de Asuntos Legales

La Superintendencia de Industria y Comercio (“SIC”) publicó recientemente un estudio de derecho comparado como insumo para la actualización del listado de países que garantizan un nivel adecuado de protección de datos personales. El documento acompaña el proyecto de modificación del Título V de la Circular Única y examina si Brasil, Ecuador, Kenia, Panamá y Sudáfrica cumplen los estándares previstos en la Ley 1581 de 2012 para recibir transferencias internacionales de datos desde Colombia.

Según la normativa colombiana, las transferencias internacionales de datos personales no pueden realizarse hacia países que no ofrezcan garantías equivalentes a las exigidas por el ordenamiento nacional. Para determinar si una jurisdicción proporciona un nivel adecuado de protección, la SIC evalúa seis elementos: (i) la existencia de normas aplicables al tratamiento de datos personales; (ii) la consagración de principios rectores; (iii) el reconocimiento de derechos a los titulares;(iv) el establecimiento de deberes para responsables y encargados; (v) la disponibilidad de mecanismos judiciales y administrativos de protección; (vi) y la existencia de una autoridad encargada de supervisar el cumplimiento de la legislación.

El análisis recuerda que el listado vigente fue actualizado por última vez en 2018. Con el fin de identificar posibles incorporaciones, la SIC realizó una revisión preliminar de distintas jurisdicciones y posteriormente concentró su análisis en Brasil, Ecuador, Kenia, Panamá y Sudáfrica.

Para ello, examinó la Ley General de Protección de Datos Personales de Brasil (“LGPD”), la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales de Ecuador, la Data Protection Act de Kenia, la Ley 81 de 2019 de Panamá y la normativa sudafricana en la materia. A partir de esta revisión, la entidad encontró que, las cinco jurisdicciones cuentan con normas aplicables al tratamiento de datos personales, principios rectores en materia de protección de datos, derechos reconocidos a los titulares de la información, deberes para responsables y encargados del tratamiento, mecanismos judiciales y administrativos para la protección de estos derechos y autoridades encargadas de supervisar el cumplimiento de la normativa.

En este sentido, tras contrastar estos elementos con los estándares definidos por la Corte Constitucional y desarrollados en la Circular Única, la SIC consideró que los sistemas analizados son funcionalmente equivalentes al colombiano. En consecuencia, el documento recomienda incorporar a Brasil, Ecuador, Kenia, Panamá y Sudáfrica al listado oficial de países que ofrecen un nivel adecuado de protección de datos personales, lo que permitiría realizar transferencias internacionales de datos hacia estas jurisdicciones bajo el marco previsto por la legislación colombiana.

¿Quiere publicar su edicto en línea?

Solo envíe su Edicto o Aviso de Ley, y recibirá la información para su publicación
Comprar ahora
Contáctenos vía WhatsApp

ÚLTIMA EDICIÓN IMPRESA